Delegacion Virtual
viernes, 26 de abril de 2024

Delegación Virtual

Boletín Oficial de la República Argentina

Documentación requerida para el alta


Para registrarse y obtener los datos que lo habilitarán a ingresar al sistema de Delegación Virtual (Tarjetas de Coordenadas) deberán registrarse en Trámites a Distancia (link instructivo de ingreso a TAD) a través de la página de la AFIP y realizar la gestión por esa vía con la siguiente documentación, según su carácter:

  • Escribanos matriculados en C.A.B.A.: Certificado digital de Matricula Vigente expedido por el Colegio de Escribanos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con fecha de emisión de no más de treinta días previos.
  • Escribanos de la Provincia de Buenos Aires: Certificado digital de Matricula Vigente expedido por el Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires con fecha de emisión de no más de treinta días previos.
  • Abogados: alta para la Delegación Virtual del Colegio de Abogados de la Capital Federal. Credencial profesional
  • Contadores: Certificado Digital de Matricula Vigente con fecha de emisión de no más de treinta días previos expedido por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La registración tendrá vigencia por el término de un año, vencido el cual deberá renovarse.
  • Martilleros públicos: Certificado de matrícula vigente con fecha de emisión de no más de 60 (sesenta) días previos emitido por IGJ. La suscripción tendrá vigencia por el término de un año, vencido el cual deberá renovarse.
  • Corredores Inmobiliarios: Certificado de matrícula vigente con fecha de emisión de no más de 60 (sesenta) días previos emitido por CUCIGBA. La suscripción tendrá vigencia por el término de un año, vencido el cual deberá renovarse.
  • Apoderados: Nota suscripta por la máxima autoridad de la Persona Jurídica a representar solicitando la registración del apoderado y ratificando la vigencia del poder, con certificación notarial digital de firma y personería. Poder otorgado por la Persona Jurídica a representar. La registración tendrá vigencia por el término de un año, vencido el cual deberá renovarse.
  • Autoridades Societarias: Nota solicitando la registración de la/s autoridad/es societarias suscripta por la máxima autoridad de la Persona Jurídica a representar, con la firma y certificación digital de Escribano Público. La registración tendrá vigencia por el término de un año, vencido el cual deberá renovarse.
  • Habilitados DNRO: Certificación digital de domicilio personal y comercial por Escribano Público. Certificado de Antecedentes Penales (fotocopia). La registración tendrá vigencia por el término de un año, vencido el cual deberá renovarse

Recomendaciones / Aclaraciones

  • El Presidente o, en su defecto, quien ejerza la presidencia con mención y acreditación de dicha calidad certificada por escribano o el Síndico serán los únicos facultado para publicar los llamados a convocatorias a asamblea. El carácter de representante legal de la sociedad no habilita al interesado a realizar dicha publicación.
  • Toda aclaración o salvedad por parte del Escribano en la Foja Notarial deberá llevar una nueva firma al pie de la misma.
  • Se recomienda especialmente revisar la información cargada al momento de su registración. Una vez realizada la misma no se aceptarán reclamos, siendo el interesado responsable de los errores que puedan existir.
  • El instrumento de donde surge la personería que se cita en el formulario correspondiente debe encontrarse vigente a la fecha de la registración.

Disposición D.N.R.O. 5/2019 (ver aqui)